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GESTION PROCESAL Y ADMINISTRATIVA. ORDEN JUS/3338/2008, de 10 de noviembre.

Principios de selección del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa

La Ley Orgánica 19/2003 que modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial regula en su Libro VI los principios básicos que rigen la selección del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia. El Reglamento General de Ingreso, Provisión de puestos de trabajo y Promoción profesional del Personal funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real 1451/2005 de 7 de diciembre, desarrolla estos principios.

El Ingreso en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa  se llevará a cabo para el Turno Libre mediante los sistemas de oposición, que es el sistema ordinario o excepcionalmente de concurso oposición, y para la Promoción Interna mediante el sistema de concurso oposición para el que se reservarán el cincuenta por ciento de las plazas ofertadas. En todos ellos se garantizarán los principios de igualdad, mérito y capacidad así como el de publicidad. Los procesos de selección incluirán siempre un curso  teórico práctico  o periodo de prácticas que tendrán carácter selectivo. Para ello los aspirantes que superen la oposición o concurso-oposición serán nombrados funcionarios en prácticas.

En la Orden JUS/2544/2006 de 28 de julio se establecen las bases comunes que rigen el acceso o ingreso a los Cuerpos de la Administración de Justicia. Se regulan en ella los requisitos de acceso, el modo de presentación de solicitudes, los plazos, los Tribunales y el desarrollo general de los procesos selectivos.

Las pruebas selectivas se convocan con periodicidad anual e incluyen las plazas que hayan sido autorizadas en la Oferta de Empleo que elabora el Ministerio de Administraciones Públicas y se publica en el Boletín Oficial del Estado en los primeros meses de cada año natural.

En todas las convocatorias se reservará un cupo no inferior al cinco por ciento de las vacantes para ser cubiertas con personas con discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento, que acrediten el grado de discapacidad y la compatibilidad para el desempeño de las funciones.

El contenido del temario así como las pruebas a realizar son únicos en todo el territorio del estado, aunque las plazas ubicadas en el territorio de las Comunidades Autónomas con traspasos recibidos se ofertarán por el ámbito territorial de la comunidad autónoma de que se trate , y en caso de quedar vacantes no podrán acumularse a otro ámbito territorial diferente.

Requisitos:

Para participar en las pruebas de acceso al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa  serán necesarios los siguientes requisitos:

  • Nacionalidad: Ser español.
  • Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.
  • Titulación: poseer la titulación de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.
  • Capacidad: No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica  incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
  • Habilitación:
    • No haber sido condenado por delito doloso a penas privativas de libertad mayores de tres años, a menos que se hubiera obtenido la cancelación de antecedentes penales o la rehabilitación.
    • No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas, salvo que hubiera sido debidamente rehabilitado, ni pertenecer al mismo Cuerpo a cuyas pruebas selectivas se presenten.

Solo para el Turno de Promoción Interna será necesario llevar al menos  dos años de servicios efectivos en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.

Estos requisitos, así como las normas generales para participar en las oposiciones se detallan en la  "Orden JUS/2544/2006, de 28 de julio por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en los cuerpos y escalas de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia".

Pruebas selectivas:

Turno libre

Los ejercicios obligatorios de la fase de oposición son :

Primero. Test de 100 preguntas con cuatro respuestas alternativas de conocimientos de las materias del programa.

 Segundo. Desarrollar por escrito dos temas a  elegir entre tres que serán posteriormente leídos por el aspirante ante el Tribunal.

Tercero. Contestar por escrito a diez preguntas referidas a un caso práctico que planteará el Tribunal.

Los exámenes tienen lugar en las sedes que se indican en cada convocatoria.

Hay, además, pruebas optativas , no eliminatorias, para evaluar el conocimiento de la lengua oficial propia distinta del castellano  o el derecho civil especial común o foral de las comunidades autónomas que lo tengan.

El temario que está actualmente  en vigor se contiene en la Orden JUS/2543/2006  de 28 de julio ( B.O.E. de 3 de agosto) y consta de 68 temas.

En la fase de concurso se valoran los méritos que se indican en esta misma.  Orden JUS/2543/2006  de 28 de julio ( B.O.E. de 3 de agosto).

Turno promoción interna:

Consta de una fase de oposición y otra de concurso.

Los ejercicios obligatorios de la fase de oposición son :

Primero. Test de 50 preguntas con cuatro respuestas alternativas de conocimientos de las materias del programa.

Segundo.  Redactar por escrito un tema a  elegir entre tres y contestar a cinco preguntas  referidas a un caso práctico.

Sólo los opositores que superen la fase de oposición pasarán a la fase de concurso en que se valorarán los méritos.

Los exámenes tienen lugar en las sedes que se indican en cada convocatoria.

Hay, además, pruebas optativas , no eliminatorias, para evaluar el conocimiento de la lengua oficial propia distinta del castellano  o el derecho civil especial común o foral de las comunidades autónomas que lo tengan.

El temario que está actualmente  en vigor se contiene en la Orden JUS/2543/2006  de 28 de julio ( B.O.E. de 3 de agosto) y consta de 36 temas.

En la fase de concurso se valoran los méritos que se indican en esta misma.  Orden JUS/2543/2006  de 28 de julio ( B.O.E. de 3 de agosto) .