| Oposiciones |
| Carrera Fiscal |
| Convocatoria 2007. Acuerdo de 5 de marzo de 2007 de la Comisión de Selección |
Descripción
El Ministerio Fiscal tiene como finalidad:
El Ministerio Fiscal es un órgano integrado dentro del Poder Judicial que actúa con autonomía en cuanto al desempeño de sus funciones y ejerce su misión por medio de órganos propios, actuando de forma coordinada y unitaria en todo el territorio del Estado. El Ministerio Fiscal está organizado de forma jerárquica y estructurada (por ejemplo, el Fiscal General del Estado está asistido por el Consejo Fiscal), debiendo actuar en todo caso conforme a la Ley y de forma imparcial.
Funciones
Cuáles son los órganos del Ministerio Fiscal
Categorías e ingreso
Las categorías de la Carrera Fiscal serán las siguientes:
Será preciso pertenecer a la categoría primera para poder acceder a los siguientes destinos:
Los Fiscales Jefes de los Tribunales Superiores de Justicia y Audiencias Provinciales tendrán la categoría equiparada a la del respectivo Presidente. La retribución de los Fiscales Jefes a que se refiere el apartado anterior, en tanto desempeñen la jefatura, será acorde con las responsabilidades inherentes al ejercicio de aquéllas.
Será preciso pertenecer a la categoría segunda para servir los restantes cargos en las Fiscalías del Tribunal Supremo, ante el Tribunal Constitucional, Audiencia Nacional, Tribunal de Cuentas, Inspección Fiscal, Secretaría Técnica, Fiscalía Especial para la Prevención y Represión del Tráfico Ilegal de Drogas y para la Fiscalía Especial para la Represión de los Delitos Económicos relacionados con la Corrupción. También será preciso pertenecer a la categoría segunda para servir el cargo de Fiscal Jefe y Teniente Fiscal.
La plantilla fijará la categoría necesaria para servir los restantes servicios fiscales.
Ingreso
El ingreso en la Carrera Fiscal se hará por oposición libre entre quienes reúnan las condiciones de capacidad, que se realizará conjuntamente con la de ingreso en la Carrera Judicial, en los términos previstos en la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Incompatibilidades
El ejercicio de cargos fiscales está sujeto a las incompatibilidades y prohibiciones establecidas en el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y en la Ley Orgánica del Poder Judicial.