Ir a contenido
Ministerio de Justicia de España

Ministerio de Justicia

Administración de Justicia

 

El artículo 117 de la Constitución Española de 1978 establece que la justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por Jueces y Magistrados integrantes del poder judicial, independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley.

El ejercicio de la potestad jurisdiccional en todo tipo de procesos, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunales determinados por las leyes, según las normas de competencia y procedimiento que las mismas establezcan.

La norma que regula esta materia, es la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio del Poder Judicial.

La Ley regula, entre otras materias, la extensión y límites de la jurisdicción, la organización territorial, la composición y atribuciones de los órganos jurisdiccionales, los órganos de gobierno del Poder Judicial, la carrera, independencia y responsabilidad de los jueces, el régimen de organización y funcionamiento de la administración de justicia, y el Ministerio Fiscal.

 Enlaces relacionados
En Internet: