¿Qué es la nacionalidad?
La nacionalidad es el vínculo jurídico que une a la persona con el estado y tiene la doble vertiente de ser un derecho fundamental y constituir el estatuto jurídico de las personas.
Por esta relación, el individuo disfruta de unos derechos que puede exigir a la organización estatal a la que pertenece y ésta, como contrapartida, puede imponerle el cumplimiento de una serie de obligaciones y deberes.
El artículo 15 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos establece el derecho de toda persona a una nacionalidad, y a no verse privado arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiarla.
¿Qué implica tener una nacionalidad?
La nacionalidad es un elemento fundamental en la vida del individuo, en tanto en cuanto le permite pertenecer a un grupo, identificarse con éste y, a la vez, le otorga la protección del Estado y la posibilidad del ejercicio de sus derechos conforme a las normas jurídicas del mismo (ej: acceso a la funciones públicas). La nacionalidad, en definitiva, es la máxima expresión jurídica de la integración de una persona en una comunidad estatal, es algo más que la autorización de residencia y trabajo.
Asimismo, la nacionalidad juega un importante papel en el sentido de ser la condición necesaria para acceder a la protección diplomática de los derechos de los nacionales de un país cuando se encuentran en el extranjero. Es decir, todo nacional de un Estado tiene derecho a que los órganos diplomáticos de su país le ofrezcan protección y asesoramiento durante sus estancias en el extranjero.
De la importancia de esta materia da idea el hecho de que la Constitución le dedica el artículo 11. El mismo señala, entre otras cosas que la nacionalidad española se adquiere, se conserva y se pierde de acuerdo con lo establecido por la ley.
¿Es posible carecer de nacionalidad? Los apátridas
El artículo 15 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos establece el derecho de toda persona a una nacionalidad y el derecho a no verse privado arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiarla.
Estas normas generales permiten pensar en la ausencia de situaciones en las que una persona carezca de nacionalidad alguna. Sin embargo, la realidad es bien distinta, puesto que existen casos en los que, una persona, por diversas circunstancias (Ej: guerras civiles), ha sido privada de toda nacionalidad. Esas personas carecen de vínculo jurídico con Estado alguno. Se trata de los denominados apátridas.
Es apátrida toda persona que no sea considerada como nacional suyo por ningún Estado conforme a su legislación. La apatridia es un problema legal de gran trascendencia humana puesto que provoca que las personas en esta situación carezcan de un marco que pueda ofrecerles los mínimos elementos que permitan satisfacer sus derechos (a la seguridad, salud, educación, etc).
Existen diferentes instrumentos internacionales que pretenden establecer una serie de normas mínimas a las que los apátridas puedan acogerse, como es el caso de la Convención de 1954 sobre el Estatuto de los Apátridas y al Reglamento español de apátridas (RD 865/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de reconocimiento del estatuto de apátrida). En concreto, mediante esta norma, los Estados contratantes (entre los que se encuentra España BOE de 4 de julio de 1997) se comprometen a proporcionar a los apátridas:
La doble nacionalidad
¿Cómo se adquiere la nacionalidad española?
¿Cómo se pierde la nacionalidad?
Los españoles perderán la nacionalidad cuando:
Los españoles que no lo sean de origen (por ejemplo, los que han adquirido la nacionalidad española por residencia) perderán la nacionalidad española si:
Lugar donde realizar la declaración de conservación
Los Consulados españoles en el extranjero realizan funciones de Registro Civil.
¿Cómo se recupera la nacionalidad?
Una vez perdida la nacionalidad española existe la posibilidad de recuperarla; para ello será necesario cumplir los siguientes requisitos:
¿Cuándo es necesaria la previa habilitación del Gobierno para recuperar la nacionalidad española?
Será necesaria la previa habilitación del Gobierno para recuperar la nacionalidad española, cuando la hubieran perdido españoles que no lo hubieran sido de origen y la pérdida se hubiera producido por alguna de las siguientes causas:
Lugar donde solicitar la recuperación de la nacionalidad española.
La presentación de la solicitud ha de realizarse en el Registro Civil de su domicilio. Los Consulados de España realizan funciones de Registro Civil.
Obtención de la solicitud
Puede obtener la solicitud en el Registro Civil de su domicilio o Consulado.
Condición jurídica de los extranjeros
